Desarrollo

Desarrollo

» Urbanismo.


1) Trazado Colonial.


La hegemonía del modelo urbano colonial puede dividirse en dos etapas: una de carácter espontáneo, débilmente controlado por la tradición que se prolonga por más de tres centurias, y otra, definida por una serie de normas dictadas a principios de siglo, que si bien no tiene un efecto directo en el trazado, si motiva importantes modificaciones en la imagen urbana, a la que controla efectivamente a través del reemplazo y la imposición de nuevas tipologías arquitectónicas.

a) Urbanismo colonial espontáneo.

El Acta de Fundación de San Lorenzo el Real permite reconocer que en la Punta de San Bartolomé ya se había construído un fuerte, una iglesia, algunas casas y se había trazado la plaza, tiempo antes de su traslado oficial desde las "barrancas del Guapay", donde se había fundado el 13 de septiembre de 1590. (1) Esto significa que el lugar que hoy ocupa Santa Cruz de la Sierra fué originariamente un fuerte español de frontera. (2)

El documento indica que "...se había buscado y visto el dicho sitio de la Punta de San Bartolomé, y se habían hallado en él las partes que parecían ser necesarias para mudar esta dicha ciudad, para lo que se ha hecho el fuerte, casas y prevenciones necesarias...". Luego, indica que "...para ello está presto de señalar los solares, cuadras, chacras y los demás que tenían señalados los vecinos...". Sobre la plaza es muy explícito, al decir que "...señaló por plaza de la dicha Ciudad en la que al presente está, la cual tiene trazada y está cuadrada dentro del fuerte...". (3)

El fuerte en cuestión debió construirse algún tiempo después de 1590, cuando San Lorenzo el Real se fundó a orillas del Guapay, como pueblo de paso entre Santa Cruz de la Sierra y la zona andina del Perú. Debió estar constituído por un cerco a modo de empalizada con arbustos, espinas y pozos, tal como otros fuertes provisionales del siglo XVI y XVII. Las casas debieron ser en realidad cabañas levantadas con troncos rollizos de madera del lugar, con paredes de tabique y cubierta a dos aguas, sea de troncos de palma o de hojas entretejidas de la palmera motacú, muy común en la zona. En general, su apariencia y tecnología debió ser muy próxima a la del actual pahuichi. (4)

El trazado de las calles respondió al modelo en damero con plaza central abierta. Esta solución es esencialmente hispanoamericana pues empieza a utilizarse a principios del siglo XVI, específicamente en Santo Domingo (1502) muchos años antes que se dictaran las Ordenanzas de Población (1573) y sin que existan antecedentes españoles directos. (5)

Gutiérrez afirma que el damero hispanoamericano debe entenderse como una acción pragmática del conquistador, que sintetiza en forma creativa ciertos modelos urbanos renacentistas que todavía en España no habían encontrado eco. (6) La plaza, era un simple campo verde, tal como lo vió D'Orbigny a principios del siglo XIX. Las calles seguramente todavía no eran evidentes, y su reconocimiento sólo era posible por la inexistencia de árboles y la ubicación paralela de las pocas viviendas levantadas.

El Acta continúa señalando que "...el Gobernador juntamente con el Cabildo fue al sitio donde está hecha una Iglesia que cae en la cuadra que hace frente a la dicha plaza, que es hacia la parte sud [...] y señaló para la dicha Iglesia dos solares que corren a la larga norte sur [...] y en señal de posesión mandaron poner ramos en la dicha Iglesia y se pasearon por el dicho sitio [...] Y luego [...] fueron a otro sitio, que es en la cuadra de la Iglesia [...] y señaló los [...] solares que así mismo corren a la larga norte sur, para el dicho Cabildo, cárcel y carnicería conforme se hará la traza...". (7)

No es difícil imaginar el solemne paseo de Lorenzo Suárez de Figueroa, Gonzalo Soliz de Holguín y los demás vecinos, por el seguramente precario templo, construído del mismo modo de las casas pero en escala algo mayor. Ese humilde oratorio de fuerte de frontera habría de convertirse 10 años más tarde en sede oficial del Obispado de mayor extensión de América. Durante los siglos siguientes habría de ser reacondicionado y reconstruído cinco veces, hasta convertirse en la hoy monumental Basílica Menor o Catedral.

Por otra parte, queda muy claro que el Cabildo colonial se construyó al lado de lo que vendría a ser la Catedral de San Lorenzo, exactamente en el sitio que después ocuparía -hasta 1996- la Prefectura Departamental y la Corte de Distrito. La decisión de ubicar ambos edificios en una sola manzana es otra invariante urbana hispanoamericana que se desarrolla en el continente en forma espontánea y sin responder a normas oficiales, pero que transmite de manera categórica la unidad de las dos fuerzas fundamentales de la conquista: la Corona y la Iglesia.

El tejido urbano en cuadrícula regular que trazaron los hombres de Lorenzo Suárez aún permanece intacto alrededor de la Plaza "24 de Septiembre", pero ninguno de los edificios originales se ha preservado. Los vecinos más importantes se beneficiaron con los solares próximos al espacio central, mientras se formaron en la periferia urbana los Barrios de Indios, como el Muchirí y el Tao. Estos asentamientos irregulares modificaron, lenta pero inexorablemente, el trazado urbano regular inicial. En buena medida, el carácter sinuoso de las calles exteriores al centro histórico fué también motivado por la existencia de riachuelos que abastecían de agua a la población y por un accidente geográfico que atraviesa la ciudad con dirección norte-sur. Un interesante análisis sobre este aspecto se lo puede encontrar en Köster. (8)

La irregularidad de la ocupación indígena, en los márgenes de la cuadrícula española, es un fenómeno común en toda América. En este sentido, el trazado colonial debe entenderse en sus dos dimensiones: la española, regular, y la indígena, irregular. Este modelo urbano prevaleció hasta 1967, cuando se empezó a aplicar un nuevo modelo. Antes de ello, hubo intentos de modificarlo, sin éxito.

b) Urbanismo en cuadrícula del auge gomero.

La primera intención oficial de modificar la estructura urbana colonial semiregular data de 1914, cuando la influencia europea del auge gomero, intenta construir una avenida de circunvalación, que finalmente no prospera. La Ordenanza no se concretó debido básicamente a la profunda crisis que ocurrió luego de la inmediata caída del mercado mundial de la goma elástica. Los cruceños habrán de esperar hasta los años 50 para emprender sus deseos de transformar el trazado urbano colonial.

Las nuevas expectativas sociales nacidas bajo el impulso económico y cultural del auge gomero se manifestaron en permanentes esfuerzos por dotar a la comunidad de servicios públicos adecuados. Así, en época tan temprana como 1900, se intentó pavimentar con adoquines una calle, aunque el proyecto aprobado en grande por el Concejo no tuvo éxito. (9) Podemos destacar también la acción estatal de 1907, cuando se construyó en varias calles una red subterránea de cañerías de agua potable, la que tampoco llegó a distribuir tan preciado elemento. Para 1910, dicha red fué desenterrada por el Municipio para levantar faroles en la Plaza de la Concordia, en el afán de no desperdiciar lo invertido. En 1913, una nueva Ordenanza reconfirma la de 1869, en el sentido de la obligatoriedad de cada vecino, en instalar un farol público en la puerta principal de su vivienda. (10) Para 1914 se reorganiza radicalmente la división urbana de la ciudad y en la Ordenanza del 11 de junio de 1915 se modifica la denominación de las calles, y se dictamina pomposamente en el artículo 6: "Alrededor de la ciudad, a guisa de marco se abrirá una gran avenida de circunvalación, con un ancho de veinte metros...". (11)

Es en este contexto de grandes expectativas comunitarias, en cuanto a desarrollo urbano se refiere, cuando se redacta y promulga el primer Reglamento de Construcciones, mediante Ordenanza Municipal del 6 de julio de 1916. (12) La importancia de este documento pionero radica en que sus autores no se limitaron a dictaminar sobre aspectos técnicos, afectando decisivamente el futuro de la arquitectura y el urbanismo locales, sino que también reglamentaron por primera vez el ejercicio profesional de arquitectos, ingenieros, albañiles y constructores.

En la primera parte se definen los tipos de construcciones y la jerarquía de las autorizaciones. Aunque es la Comisión de Obras Públicas (13) del Concejo Municipal la responsable técnica, según el Reglamento ésta sólo puede autorizar obras menores y refacciones, siendo el Concejo en pleno, el que autoriza demoliciones y nuevas construcciones. Las infracciones al Reglamento son penadas con la demolición de las obras no autorizadas o indebidamente alineadas. Las multas son asignadas en estos casos al ingeniero, arquitecto o constructor de la obra ilegal, quienes asumen ante la Municipalidad, la responsabilidad de todo lo que ocurra en la obra. Solamente un artículo del Reglamento establece limitaciones de uso del suelo, y lo hace de manera muy general: "Quedan prohibidas las construcciones y refacciones dentro del radio urbano de la ciudad destinadas a industrias que produzcan vapor, malos olores o gases nocivos para la salud". Tan poca preocupación al respecto se entiende ante el minúsculo número de industrias instaladas.

La Municipalidad fija en todo caso la línea y el nivel de las veredas, estableciendo además la prohibición de construir escalones cuando exista diferencias entre ellas, obligando más bien a definir planos inclinados no mayores al 20% de pendiente. Asimismo, establece para las veredas un ancho uniforme y obligatorio de 1,25 metros y la obligatoriedad de mantener a las mismas en buen estado.

En un solo artículo, el Concejo Municipal de 1916, echa por tierra más de un siglo de tradición arquitectónica, y embriagado con la estética fachadista europeizada de los nuevos modelos arquitectónicos del auge gomero, condena a los cruceños a soportar el sol y la lluvia estableciendo tajantemente: "Se prohíben en lo absoluto las construcciones con pilares de madera o ladrillo sobre la vía pública, así como las galerías de cualquier clase que sean, permitiéndose el techo volante".

Al igual que en el caso de la eliminación de las galerías, el Concejo se deja influenciar por el efecto formal de algunas nuevas edificaciones, y obliga a ochavar todas las esquinas. Se establece como ancho mínimo de cada ochave los 2 metros y 40 centímetros. Se exige también la apertura total de los balcones, prohibiendo implícitamente el uso de las celosías de madera, las que hasta entonces protegían la galería superior de algunas viviendas de dos plantas, de las miradas exteriores.

Con el aparente objetivo de uniformizar la imagen urbana, a partir del efecto escenográfico creado por la arquitectura fachadista, se establece que las nuevas edificaciones de una planta "...no podrán tener menos de cuatro metros de altura desde el nivel de la vereda hasta el cornisón o techo volante...". Así, con este artículo se condiciona morfológicamente a la arquitectura cruceña durante décadas.

Aunque este Reglamento estuvo en vigencia legal desde 1916 hasta que el Plan Regulador estableció en 1968 nuevas reglamentaciones urbanas (14), su vigencia reglamentaria efectiva terminó en los años 40. Precisamente, en 1941 una vivienda en la calle Florida fué la primera dentro del radio urbano en ignorar la prohibición estipulada en el artículo 13, que prohibía la construcción de galerías. Conforme el Reglamento caía en el olvido, nuevas edificaciones ignoraban también el ochave prescripto en el artículo 12, así como el ancho de veredas y otros detalles. (15)

Sin embargo, el espíritu del Reglamento y su vigencia efectiva superior a dos décadas, fué determinante en la conformación morfológica de varios nuevos barrios en la ciudad, constituyéndose su redacción y promulgación, en conjunto con otras ordenanzas de la época, en uno de los documentos históricos más relevantes de la arquitectura y el urbanismo de Santa Cruz de la Sierra.

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Notas Bibliográficas:
(1) FINOT, Enrique. Historia de la Conquista del Oriente Boliviano. La Paz: Juventud, 1978, p. 239.
(2) Es poco probable que se tratara del Fuerte de Santa Ana del Grigotá, fundado en 1585, y que Hernando Sanabria menciona en su Breve Historia de Santa Cruz. La Paz: Juventud, 1979, p. 28.
(3) FINOT, op. cit., pp. 241-42.
(4) GARCIA RECIO, José María. Análisis de una Sociedad de Frontera. Santa Cruz de la Sierra en los Siglos XVI y XVII. Sevilla: 1988, pp. 447-8.
(5) De hecho, sólo tres de las más de doscientas fundaciones de ese siglo respondieron fielmente a dichas Ordenanzas, que exigían calles diagonales partiendo de las esquinas de la plaza, entre otras cosas.
(6) GUTIERREZ, Ramón. Arquitectura y Urbanismo en Iberoamérica. Madrid: Cátedra, 1983, pp. 77-80.
(7) FINOT, op. cit., p. 243.
(8) KÖSTER, Gerrit. Santa Cruz de la Sierra. Desarrollo, estructura interna y funciones de una ciudad en los llanos tropicales. Cochabamba: Portales, 1982.
(9) Proyecto presentado por el Concejal Antonio Leigue, el 23 de marzo de 1900. Ver Archivo Histórico Departamental; Archivo No. 2. Santa Cruz: 1988, p. 25.
(10) SUAREZ Medina, Saúl. Almanaque Oriental. Santa Cruz: Comité Pro Santa Cruz, 1990, pp. 59-60 y 151.
(11) SAUCEDO Sevilla, Lucas. Compilación Municipal. La Paz: Mundial, 1918, p. 64.
(12) SAUCEDO, ibid., pp. 56-61.
(13) Las atribuciones de la Comisión de Obras Públicas fueron establecidas en el Art. 39 del Reglamento Interno del Concejo Municipal del 8 de octubre de 1912. Ver SAUCEDO, ibid., p. 7.
(14) TECHINT, Monografía de Santa Cruz; (Mimeo) 1959, p. 92. Documento elaborado por Hernando Sanabria Fernández, quien después lo publicaría -con modificaciones y adiciones- como "Breve Historia de Santa Cruz".
(15) Este Reglamento se convirtió a fines de los años 60, en el argumento fundamental de la Alcaldía de entonces, para obligar a ejecutar el ochave en las esquinas donde no se había definido. En aquella oportunidad, edificios anteriores al Reglamento de 1916, como el Palacio de Gobierno, fueron arbitrariamente sometidos a esa obligación.


Fuente. Libro: Santa Cruz. Tiempo y Espacio. Año: 2000. Autor: Cooperativa Rural de Electrificación (CRE). Victor Hugo Limpias Ortiz.


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