Historia

Historia

» Por: Alcides Parejas Moreno.
» Período Colonial.


Organización Político-Administrativa.


En 1559 fue creada la Real Audiencia de Charcas y se estableció que "tenga por distrito y jurisdicción la dicha ciudad de La Plata con más de 100 leguas alrededor por cada parte" (18). Por tanto, cuando en 1560 fue creada la Gobernación de Moxos, quedaba incluída en la jurisdicción charquina. La nueva gobernación nacía con un territorio que abarcaba las tierras descubiertas por Cháves; en 1563 se le sumaron las tierras de Manso. Estos límites permanecieron inalterables hasta 1592, fecha en la que se incorporaron los llanos de Moxos. En líneas generales se puede afirmar que el territorio de la gobernación comprendía lo que actualmente son los departamentos de Pando, Beni y Santa Cruz.

El poder real estaba representado por el gobernador, asistido por un teniente de gobernador. El primero era proveído directamente por el rey. "En consulta del Consejo del 25 de abril pasado de 1598 -dice un documento de la época-, proveyó V.M., siendo Príncipe, el gobierno de Santa Cruz de la Sierra en don Juan de Mendoza, con quien hizo asiento y capitulación" (19). Sin embargo, en la mayor parte de los casos fue competencia del virrey del Perú, aunque posteriormente debería ser confirmado por el rey y su Consejo. Se señaló a este funcionario un salario de "mil o mil quinientos pesos de plata ensayada en la Caja Real de Potosí" (20). Pasado el tiempo "y con el intento de compensar en él las costas que se había de hacer en dichas fundaciones", el salario fue elevado a 4.000 pesos; pero al cesar las obligaciones de nuevas fundaciones, quedó en "dos mil pesos de la Caja Real de Potosí y mil de los derechos o rentas que pertenecen a V.M. en aquella provincia de los frutos de la tierra" (21).

Aunque la principal función del gobernador era el gobierno y la administración de justicia, también tomaba parte en las juntas del cabildo en las que se trataban medidas administrativas urbanas. Por el hecho de ser gobernación "frontera de indios de guerra", el gobernador tenía que ser necesariamente militar para así poder asumir el mando de un improvisado ejército de vecinos. Por otra parte, le fueron señalados los siguientes privilegios: repartir "baldíos, egidos, pastos y abrevaderos" entre los vecinos; encomendar indios, con la sola condición que estas encomiendas debían ser confirmadas por la Audiencia dentro de los tres años siguientes; y "hacer entradas y correrías a los indios infieles cuando les pareciese" (22).

En la segunda mitad del siglo XVIII se sucedieron una serie de reformas en la América española que perseguían modernizar el Estado y hacerlo más eficaz. Dada la enormidad territorial se crearon nuevos virreinatos: el del Nuevo Reino de Granada y el del Río de la Plata, este último en 1776. Sin lugar a dudas la gran novedad fue la creación de las intendencias que "tendieron a sanear la hacienda, a dotar de uniformidad a la administración política, económica y judicial. Los gobernadores se vieron sustituidos por los intendentes, los cuales estaban dotados de facultades de gobierno, justicia, hacienda y guerra. Ellos, dentro de su zona, avituallaron a los ejércitos; se preocuparon de la urbanización, gobernaron y sanearon las rentas, etc." (23). La Audiencia de Charcas pasó a depender del virreinato del Río de la Plata; en 1784 se crearon cuatro intendencias en el territorio charquino: La Paz, Potosí, Chuquisaca y Santa Cruz de la Sierra. Esta última fue formada por la gobernación del mismo nombre y la región de Cochabamba; la capital fue trasladada a la ciudad de Cochabamba.

El cabildo secular contaba con dos alcaldes ordinarios y cinco regidores, a los que se unían el Alguacil Mayor y los oficiales reales. Las reuniones eran presididas por el gobernador o, por delegación, por el Teniente General. El escaso número de habitantes de la ciudad impedía que, en la mayor parte del tiempo, todos estos cargos fueran ocupados simultáneamente. Aunque se ocupaba de la administración de la ciudad, en algún momento se tomó otras atribuciones. Así, a la muerte de Cháves, el cabildo nombró como sucesor a Diego de Mendoza. El entonces virrey del Perú, Francisco de Toledo, no reconoció tal nombramiento y mandó en su lugar a Juan Pérez de Zurita; esto provocó una reacción violenta y llevó prácticamente a una guerra civil que terminó con el ajusticiamiento de Mendoza por orden del virrey y el restablecimiento del orden. Esto le valió a los cruceños el calificativo de "levantiscos" por parte de las autoridades charquinas, que siempre los vieron con desconfianza.

Durante los siglos XVI y XVII el cabildo estuvo controlado por los encomenderos. Sin embargo, esto empezó a cambiar poco a poco. "A comienzos del siglo XVIII los encomenderos parecían haber perdido el control del cabildo de San Lorenzo. Tal hecho había sido propiciado tanto por la pérdida de importancia de las encomiendas, cuyo número de indígenas había quedado reducido al mínimo, como por la progresiva adquisición de indígenas procedentes de las malocas por parte de algunas personas no encomenderos, así como por la penetración desde el exterior de individuos conectados al ámbito del comercio cuya potencialidad económica les permitía gozar también de lugar privilegiado en aquel grupo humano" (24).

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Notas Bibliográficas:
(18) MERCADO M., Miguel: El Chaco boreal (Litigio boliviano-paraguayo). Librería Atenea. La Paz, 1929. Pg. 6.
(19) A.G.I. Audiencia de Charcas, 1.
(20) A.G.I. Audiencia de Charcas, 1.
(21) A.G.I. Audiencia de Charcas, 18.
(22) VIEDMA, Francisco de: Op. Cit. Pg. 102.
(23) MORALES PADRON, Francisco: Historia de Hispanoamérica. Universidad de Sevilla. Sevilla, 1972. Pg. 152.
(24) GARCIA RECIO, José María: Análisis de una sociedad de frontera. Santa Cruz de la Sierra en los siglos XVI y XVII. Diputación Provincial de Sevilla. Sevilla, 1988. Pg. 434.


Fuente. Libro: Santa Cruz. Tiempo y Espacio. Año: 2000. Autor: Cooperativa Rural de Electrificación (CRE). Alcides Parejas Moreno.


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